Search Results

Now showing 1 - 4 of 4
  • Item
    La retroactividad de la ley procesal a favor del reo en materia de prisión preventiva oficiosa
    (2018-05) Osorio Carrillo, César Gabriel; OSORIO CARRILLO, CESAR GABRIEL; 554695; Pérez Becerra, José Luis;*CA1238960
    “La reforma constitucional en materia penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2008 implica la transformación del sistema de justicia penal mexicano, transitando del proceso penal mixto a uno de corte acusatorio. Con ello que pretende terminar con los procesos penales con rasgos autoritarios, plagados de oscuridad, secrecía y parcialidad, para abrirle paso a procesos transparentes, dirigidos bajo el pleno respeto a los derechos humanos, pretendiendo un equilibrio e igualdad entre las partes. La aplicación de la prisión preventiva como regla general es señalada como una de las causas más importantes de las deficiencias del sistema penitenciario y de seguridad pública en general, independientemente las graves violaciones de derechos humanos de los internos estrechamente relacionadas a esta situación. Existe una problemática en cuanto al altísimo nivel de internos en los centros de reinserción social de nuestro país, quienes sin haber recibido sentencia condenatoria se encuentran recluidos en prisión oficiosamente en razón del ordenamiento procesal punitivo vigente en la época en que presuntamente se cometió el ilícito que al considerarlo grave el delito por el que se les juzga”
  • Item
    Análisis del proceso penal mexicano en comparación con el proceso penal en Chile
    (Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, 2019-01) Mones Garcia, Felipe; MONES GARCIA, FELIPE; 784597; GUTIERREZ SANTOS, OSCAR; 809469
    "tiene como objetivo principal el analizar el proceso penal mexicano en comparación con el proceso penal de Chile, partiendo desde que se decide dar un giro con la implementación de un nuevo sistema procesal penal en ambos países, abarcando los tiempos desde sus inicios, así como su evolución hasta y durante el año 2018, estudiando especificamente los antecedentes históricos del proceso penal mexicano y del chileno, debiendo comparar la información recabada durante el proceso de investigación para posteriormente realizar un análisis comparativo entre dichos procesos penales y poder desarrollar una reflexión crítica para el proceso penal entre ambos países. La justificación radica en ser un trabajo de investigación limitado a un análisis acerca del proceso penal mexicano en comparación con el proceso chileno, como se ha dicho con anterioridad. Se encarga el presente plan de trabajo en plasmar ciertas similitudes, diferencias, pros y contras entre los sistemas procesales penales de México y Chile, describiendo el sistema de justicia penal, se explica acerca de sus figuras jurídicas más importantes, a saber, e incluye la importancia de la formación de los abogados en México y la colegiación obligatoria para que dicho proceso funcione."
  • Item
    Análisis jurídico de la excepción al principio de exclusión de la prueba ilícita con violación de derechos fundamentales dentro del nuevo procedimiento acusatorio y oral en el estado de Puebla
    (2014-08) Pérez Martínez, Leonel
    "En nuestro país la Reforma Constitucional en Materia de Justicia Penal y de Seguridad Pública aprobada el 6 de marzo del 2008 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de junio de ese mismo año; ha tenido la virtud de introducir en nuestro sistema jurídico nacional y como consecuencia en el local de nuestro estado de Puebla, la prohibición de utilizar y valorar pruebas que en su obtención hubieran vulnerado derechos fundamentales bajo pena de su inutilización dentro de un proceso garantista de tipo acusatorio, adversarial y oral."
  • Item
    Anteproyecto ley nacional de procedimientos en ejecución de sentencias en materia penal
    (2014-09) Márquez Bemúdez, Amada María Teresa
    "Con la Reforma Constitucional de fecha dieciocho de junio de dos mil ocho a nuestro Sistema de Justicia Penal en base a el primer párrafo de el articulo 20 que señala: “El proceso penal será acusatorio y oral. Se regirá por los principios de publicidad contradicción, concentración, continuidad e inmediación”. Da origen a la entrada en vigor del Código Nacional de Procedimientos Penales, que contempla los principios de igualdad ante la ley entre las partes; de juicio previo y debido proceso; de presunción de inocencia; de prohibición de doble enjuiciamiento; además de los ya señalados en el articulo 20 constitucional, cuyo objeto es el de establecer normas que han de observase en la investigación, el procesamiento y la sanción de los delitos, para esclarecer los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impone y que se repare el daño, asegurar el acceso a la justicia y resolver el conflicto con motivo de la comisión de un delito dentro de un marco al respeto de los derecho humanos, reconocidos en nuestra Constitución y en los Tratados Internacionales en que nuestro país sea parte."